TRÁMITES
SOLICITUD VIGILANCIA DE LA SALUD
Una vez compruebe que cumple los requisitos técnicos requeridos en esta sede,
acceda a efectuar la solicitud a través del registro electrónico.
Para identificarse y operar en los servicios ofrecidos en esta sede debe tener instalado un certificado electrónico válido en su navegador o estar registrado en el sistema de indentificación estatal cl@ve.
En el proceso de registro electrónico de la solicitud se le requerirá la aportación de la documentación necesaria para el esta tarea.
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 22, expresa que: "El empresario garantizará a los trabajadores/as a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo." En el caso de la Ciudad Autónoma de Ceuta y su Servicio de Prevención asume la especialidad de Medicina del Trabajo. Con la presente procedimiento el trabajador puede solicitar que se le realice un reconocimiento médico para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre su salud. Las principales causas por las que se puede solicitar el citado reconocimiento son: previo o inicial a la incorporación del trabajador, según los riesgos específicos a los que esta expuesto, periódico, cuando se le asigne una tarea que suponga nuevos riesgos para su salud, tras la ausencia prolongada del empleado por problemas de salud o en reingresos tras excedencia laboral.
Cualquier empleado público de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta
- SOLICITUD VIGILANCIA DE LA SALUD (Requerido)
- OTROS DOCUMENTOS (Opcional)
- INFORME MÉDICO (Opcional)
- ESTADO VACUNAL (HEPATITIS, TUBERCULOSIS, TÉTANOS…) (Opcional)
Para visualizar o descargar el formulario o impreso asociado a la solicitud de este trámite pulse aquí:
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
El Negociado o Unidad Tramitadora responsable de este trámite es PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (LA0002523) perteneciente a la Consejería de PRESIDENCIA Y GOBERNACIÓN.