Fecha y Hora Oficiales

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La fecha y hora oficial de las sedes electrónicas están reguladas por las siguientes disposiciones:

  1. El artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala que “El registro electrónico de cada Administración u Organismo se regirá a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible”
  2. Asimismo, el artículo 6.2 j) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente dicha Ley establece que las sedes electrónicas indicarán la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007.
  3. Por otro lado, el artículo 15.2 del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica señala que la sincronización de la fecha y la hora se realizará con el Real Instituto y Observatorio de la Armada, de conformidad con lo previsto sobre la hora legal en el Real Decreto 1308/1992, de 23 de octubre.

En cumplimento de estas disposiciones se ofrece, a continuación, la fecha y hora oficial de la sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Ceuta: