REGULARIZACIÓN DE VIVIENDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA

ACTUACIONES PREVIAS PARA LA REGULARIZACIÓN DE VIVIENDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA
Tramitación en línea

Una vez compruebe que cumple los requisitos técnicos requeridos en esta sede, acceda a efectuar la solicitud a través del registro electrónico. Para identificarse y operar en los servicios ofrecidos en esta sede debe tener instalado un certificado electrónico válido en su navegador o estar registrado en el sistema de indentificación estatal cl@ve.
En el proceso de registro electrónico de la solicitud se le requerirá la aportación de la documentación necesaria para el esta tarea.

Tramitación presencial

Acudir a las Oficinas de Registro del EMVICESA, ubicadas en CALLE PADILLA, EDIFICIO CEUTA CENTER, PLANTA 2ª, e identificarse aportando la documentación necesaria. En caso de tener asociada tasa a abonar en el acto de registro se podrá abonar en los cajeros automáticos ubicados en las oficinas de registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta o en las oficinas de caja del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta. En ambos casos tras el pago se entregará justificante de pago.

La Ciudad de Ceuta pretende llevar a cabo la regularización de viviendas de promoción pública respecto de los ocupantes que carezcan de título jurídico suficiente para ello. A tal efecto, el Pleno de la Asamblea ha adoptado distintos acuerdos (25-Jul-2000, BOCCE 3929, entre otros) sobre los criterios y procedimiento a seguir, señalando a su vez los grupos de viviendas de Príncipe Felipe, Juan XXIII-Gral Carvajal y Juan Carlos I como objetivos de dicha actuación.

El inicio del procedimiento administrativo requiere previamente la apertura de un período de información e identificación de ocupantes, cuya efectividad se llevará a cabo con  la participación  de la Empresa Municipal de  la Vivienda de Ceuta S.A. (EMVICESA), medio propio e instrumental de la Ciudad de Ceuta que dispone de los medios necesarios  para la asistencia material y técnica del proceso. 

Finalizados los trabajos de información o actuaciones previas, se elevará a la Consejería de Fomento a los efectos del procedimiento.

Personas que ocupan, sin título suficiente, alguna vivienda de la promoción de Príncipe Felipe, Juan XXIII-General Carvajal o Juan Carlos I, y que aporten la documentación prevista.

  • SOLICITUD REGULARIZACIÓN DE VIVIENDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA (Requerido)
  • DOCUMENTO QUE ACREDITE LA TRANSMISIÓN DE LA VIVIENDA (Requerido)
  • ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD DEL INTERESADO (DNI, NIE, CIF, PASAPORTE) (Requerido)
  • ACREDITACIÓN DE LA OCUPACIÓN DE VIVIENDA (Requerido)
  • IRPF. O DECLARACIÓN INGRESOS MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR (Opcional)
  • CERTIFICADO DATOS CATASTRALES (Opcional)
  • DECLARACIÓN RESPONSABLE (Opcional)
  • LIBRO DE FAMILIA (Opcional)
  • CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO FAMILIAR (Opcional)
  • ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR (DNI, NIE, PASAPORTE) (Opcional)
  • OTROS DOCUMENTOS (Opcional)
  • CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO INDIVIDUAL (Opcional)

Para visualizar o descargar el formulario o impreso asociado a la solicitud de este trámite pulse aquí:

Sin tasa previa.

- Real Decreto 2497/1996, de 5 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de patrimonio arquitectónico, control de la calidad de la edificación y vivienda.
- Acuerdo del Pleno de la Asamblea en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 25 de julio de 2000. (BOCCE 3929, de Viernes 11 de agosto de 2000).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Decreto del Consejero de Fomento y Turismo sobre el inicio de actuaciones previas para la regularización de viviendas de promoción pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta. BOCCE 6229, viernes 26 de agosto de 2022.

El Negociado o Unidad Tramitadora responsable de este trámite es EMVICESA (LA0013205) perteneciente a la Consejería de FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS.