TRÁMITES
PROYECTO DE REPARCELACIÓN
Una vez compruebe que cumple los requisitos técnicos requeridos en esta sede,
acceda a efectuar la solicitud a través del registro electrónico.
Para identificarse y operar en los servicios ofrecidos en esta sede debe tener instalado un certificado electrónico válido en su navegador o estar registrado en el sistema de indentificación estatal cl@ve.
En el proceso de registro electrónico de la solicitud se le requerirá la aportación de la documentación necesaria para el esta tarea.
Acudir a las Oficinas de Registro y Atención al Ciudadano, e identificarse aportando la documentación necesaria. En caso de tener asociada tasa se podrá abonar en los cajeros automáticos ubicados en las oficinas de registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta o en las oficinas de caja del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta. En ambos casos tras el pago se entregará justificante de pago.
Documento que define la división o redistribución de terrenos según la normativa urbanística, estableciendo nuevas parcelas con sus características y aprovechamientos conforme al planeamiento vigente.
La tramitación se realiza conforme al artículo 101 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
Podrán redactarse de oficio por las Entidades Locales (EELL), las entidades urbanísticas especiales y los órganos competentes en materia urbanística, dentro de sus respectivas atribuciones y particulares.
- ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD DEL INTERESADO (DNI, NIE, CIF, PASAPORTE) (Requerido)
- SOLICITUD PROYECTO DE REPARCELACIÓN (Requerido)
- RELACIÓN DE PROPIETARIOS, DIRECCIONES Y TELÉFONOS (Requerido)
- PROYECTO DE REPARCELACIÓN EN SOPORTE DIGITAL (Requerido)
- FICHA CATASTRAL DESCRIPTIVA Y GRÁFICA (Requerido)
- PROYECTO DE REPARCELACIÓN EN SOPORTE PAPEL (Opcional)
- ESCRITURA Y/O NOTA SIMPLE ACTUALIZADA (Opcional)
- ESCRITURA DE PODER DE LA EMPRESA (Opcional)
- OTROS DOCUMENTOS (Opcional)
Para visualizar o descargar el formulario o impreso asociado a la solicitud de este trámite pulse aquí:
El calculo del importe de la tasa asociada al trámite 'PROYECTO DE REPARCELACIÓN' se efectuará mediante autoliquidación confeccionada en la sede u oficina de registro en función de la modalidad seleccionada.
Para el cálculo de esta tasa se aplicarán las siguientes bonificaciones:
- Bonificación por Familia Numerosa (50.0%)
- Bonificación por Mayor de 65 años (50.0%)
- Bonificación por Renta Baja (50.0%)
Puede abonar esta tasa en el Servicio de pago telemático del Organismo Autonomo Servicios Tributarios de Ceuta, en las oficinas de pago de Servicios Tributarios y en los cajeros automáticos, ubicados en las oficinas de registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de Servicios Tributarios, ACEMSA y Casa de la Juventud. El abono de la tasa por cualquiera de estos medios activará de forma inmediata la tramitación de la solicitud.
La presentación de la solicitud quedará supeditada al abono de la tasa correspondiente. Si antes del plazo establecido no se materializa el pago se dará por desistida la solicitud.
Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
El Negociado o Unidad Tramitadora responsable de este trámite es PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA (LA0034040) perteneciente a la Consejería de URBANISMO Y TRANSPORTE.