TRÁMITES
CERTIFICADO HISTÓRICO DE INSCRIPCIÓN PADRONAL
Una vez compruebe que cumple los requisitos técnicos requeridos en esta sede,
acceda a efectuar la solicitud a través del registro electrónico.
Para identificarse y operar en los servicios ofrecidos en esta sede debe tener instalado un certificado electrónico válido en su navegador o estar registrado en el sistema de indentificación estatal cl@ve.
En el proceso de registro electrónico de la solicitud se le requerirá la aportación de la documentación necesaria para el esta tarea.
Acudir a las Oficinas de Registro y Atención al Ciudadano, e identificarse aportando la documentación necesaria. En caso de tener asociada tasa se podrá abonar en los cajeros automáticos ubicados en las oficinas de registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta o en las oficinas de caja del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta. En ambos casos tras el pago se entregará justificante de pago.
También puede acudir a las Oficinas de Registro del ESTADÍSTICA, ubicadas en PLAZA DE AFRICA S/N, CP 51001, CEUTA, e identificarse aportando la documentación necesaria.
Trámite para solicitar un Certificado histórico de inscripción en el Padrón de Habitantes de la Ciudad Autónoma de Ceuta
Ciudadanos que hayan estado empadronados en la Ciudad de Ceuta
- ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD DEL INTERESADO (DNI, NIE, CIF, PASAPORTE) (Requerido)
- SOLICITUD CERTIFICADO HISTÓRICO PADRÓN DE HABITANTES (Requerido)
- OTROS DOCUMENTOS (Opcional)
Para visualizar o descargar el formulario o impreso asociado a la solicitud de este trámite pulse aquí:
El importe de la tasa asociada al trámite 'CERTIFICADO HISTÓRICO DE INSCRIPCIÓN PADRONAL' es de 2.65€.
Para el cálculo de esta tasa se aplicarán las siguientes bonificaciones:
- Bonificación por Familia Numerosa (50.0%)
- Bonificación por Mayor de 65 años (50.0%)
Puede abonar esta tasa en el Servicio de pago telemático del Organismo Autonomo Servicios Tributarios de Ceuta, en las oficinas de pago de Servicios Tributarios y en los cajeros automáticos, ubicados en las oficinas de registro de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de Servicios Tributarios, ACEMSA y Casa de la Juventud. El abono de la tasa por cualquiera de estos medios activará de forma inmediata la tramitación de la solicitud. Si se abona por otro medio, la tramitación no se activará hasta la comprobación del ingreso desde el Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, pudiendo prolongarse esta comprobación hasta 30 días.
La presentación de la solicitud quedará supeditada al abono de la tasa correspondiente. Si antes del plazo establecido no se materializa el pago se dará por desistida la solicitud.
Resolución de 16 de marzo de 2015 del Presidente del Instituto Nacional de Estadística, BOE del 24/03/2015
El Negociado o Unidad Tramitadora responsable de este trámite es ESTADÍSTICA (LA0002382) perteneciente a la Consejería de PRESIDENCIA Y GOBERNACIÓN.